d) DESTRUCCIONES |
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1. |
Las destrucciones fiscales, tienen por objeto eliminar y destruir completamente los excedentes en la producción de activos, mercancías o materias primas y tienen por objeto evitar la comercialización o el aprovechamiento de dichas mercancías con fines de lucro. | |
2. |
Son contemplados dichos bienes en el régimen fiscal como deducibles de impuestos. |
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3. |
En DEREQUIM realizamos destrucciones fiscales de productos químicos y solventes, así como materias primas relacionadas con la fabricación de productos inflamables. | |
¿QUE HACEMOS? a) PROCESAMIENTO DE SOLVENTES b) RECOLECCIÓN DE RESIDUOS c) RECUPERACIÓN DE CONTENEDORES d) DESTRUCCIONES FISCALES e) VENTA DE PRODUCTOS RECICLADOS |
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