d) DESTRUCCIONES
FISCALES

 
1.
Las destrucciones fiscales, tienen por objeto eliminar y destruir completamente los excedentes en la producción de activos, mercancías o materias primas y tienen por objeto evitar la comercialización o el aprovechamiento de dichas mercancías con fines de lucro.
2.

Son contemplados dichos bienes en el régimen fiscal como deducibles de impuestos.

3.
En DEREQUIM realizamos destrucciones fiscales de productos químicos y solventes, así como materias primas relacionadas con la fabricación de productos inflamables.
  ¿QUE HACEMOS?
a) PROCESAMIENTO DE SOLVENTES
b) RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
c) RECUPERACIÓN DE CONTENEDORES
d) DESTRUCCIONES FISCALES

e) VENTA DE PRODUCTOS RECICLADOS
 
siguenos en:    

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8850-5886

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